GUERRERO, OLIVOS, NOVOA Y ERRÁZURIZ tiene un reconocido prestigio en el área de la inversión extranjera, asesorando a inversionistas internacionales y, subsecuentemente, a las compañías chilenas receptoras de los fondos extranjeros. Participó en varias transacciones Capítulo XIX para la conversión de la deuda externa chilena y tiene una extensa experiencia en inversión extranjera regulada en el Decreto Ley 600, en el Capítulo XIV del Compendio de Normas de Cambios Internacionales del Banco Central de Chile y en la Ley N° 18.657.